La ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas se aprobó en Cámara Baja luego de 12 años de espera, ahora bien, ¿qué implicaciones tiene su promulgación?.

La protección de los recursos naturales ha sido uno de los temas que generan mayor preocupación en la sociedad actual, lo que ha impulsado diversas propuestas legislativas que regulan la conservación de la biodiversidad en Chile. El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) es un proyecto de ley que se ingresó por primera vez en marzo de 2011 y fue aprobado por la Cámara Baja el 14 de junio del presente año. La resolución obtuvo 131 votos a favor, dos en contra y una abstención.

El proyecto, que tiene como objetivo principal promover la protección del patrimonio natural del país, ya es una realidad y permite la creación de un único organismo integrado por todas las áreas protegidas existentes en Chile, a lo largo de todos los ecosistemas. “Me parece que era una deuda pendiente que teníamos con Chile en materia ambiental, ya que se requiere una institucionalidad mucho más robusta que se enfocará en la protección de la biodiversidad. Es la oportunidad para unificar y homogeneizar mejor las decisiones, con una mirada mucho más integral hacia los ecosistemas, tanto terrestres como marinos”, enfatizó María José Martínez, investigadora principal del Instituto de Ecología y Biodiversidad.

Una serie de normas y herramientas para la protección de ecosistemas

El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas es una entidad dependiente del Ministerio del Medio Ambiente que funcionará como administradora de las áreas protegidas, a través de pilares y principios a los que se rige la ley. Por un lado, una de las responsabilidades del SBAP es coordinar a los distintos actores ambientales en torno a su gestión sectorial, con una perspectiva global, es decir, a lo largo de todo el país; todos los ecosistemas, marítimos y terrestres, públicos y privados, dentro y fuera de las áreas protegidas. 

Además, la reforma busca unificar y potenciar el principal instrumento de conservación del país. Actualmente, sin la implementación del SBAP, las áreas protegidas chilenas están siendo administradas por cinco ministerios distintos: los bienes nacionales protegidas están bajo el Ministerio de Bienes Nacionales; los santuarios de la naturaleza son administrados por el Ministerio de las Culturas; los parques y reservas marinas son gestionados por el Ministerio de Economía -a través de la Subsecretaría de Pesca y el Servicio Nacional de Pesca-; las áreas protegidas están a cargo del Ministerio de Agricultura y CONAF, mientras que el Ministerio del Medio Ambiente administra las áreas marinas costeras-protegidas de múltiples usos, custodia los santuarios de la naturaleza y supervigila todo el sistema.

El nuevo organismo reemplazará dicha administración, ante la falta de una ley nacional que implemente una propia institucionalidad ambiental.

“Esperamos que la nueva normativa asegure una mayor protección de la que existe actualmente, ya que antes las áreas protegidas se regían por la Convención de Washington, que era un tratado internacional suscrito y ratificado por Chile que establecía que en los parques nacionales no podía haber otros usos industriales/comerciales. El problema con esa convención es que a veces primaba, y otras veces no”.

Aseguró Martínez, quien también es coordinadora de la línea de Conservación y Bienestar Humano. 

Oportunidades en la conservación de áreas privadas

El servicio público también tendrá una serie de efectos en áreas privadas, con el fin de incentivar su creación y administración. Daniela Manuschevich, actual jefa de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente, detalla cinco beneficios claves para el sector privado:

1- Exención del impuesto territorial, en tanto cumplan con el plan de manejo del área.

2- Exención del impuesto a la herencia.

3- Participación gratuita en los programas de formación y capacitación para guardaparques, según disponibilidad presupuestaria.

4- Bonificaciones en la postulación al Fondo Nacional de la Biodiversidad.

5- Exención de pago de los derechos arancelarios que correspondan a los notarios, conservadores de bienes raíces y archiveros.

En adición, Manuschevich detalla algunas de las medidas que se efectuarán en áreas no protegidas que cuentan con una biodiversidad relevante. “Se contempla la  participación de privados y gobiernos locales través de los instrumentos de Paisajes de Conservación, o de Áreas Protegidas Privadas, para así integrar y conectar los procesos ecológicos que se producen en el país a través de corredores biológicos, zonas de amortiguación y otros instrumentos de conservación y planificación ecológica,  para así identificar las zonas claves para la biodiversidad como sitios prioritarios, zonas buffer o de amortiguación y corredores ecológicos. Además, el SBAP considera la aplicación de manera preferente de los instrumentos económicos con que cuenta esta nueva ley, justamente, en el territorio fuera de áreas protegidas, tales como la creación de un nuevo Sistema de Certificación de Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos”, adelantó. 

Puntos pendientes para el futuro

Si bien la creación del SBAP implica un avance significativo en materias ambientales, la discusión del proyecto llamó al debate y puso nuevos temas en la mesa. “Hace unas semanas se discutió un artículo que modifica la ley general de pesca y acuicultura, la cual iba a impedir la renovación y el otorgamiento de concesiones de salmonicultura en áreas marinas protegidas. Esto es importante ya que hay más de 411 concesiones de salmonicultura dentro de áreas protegidas en la Patagonia, y eso ha ocurrido a pesar de que a nivel científico se han demostrado varios impactos negativos que genera esta industria en el ecosistema”, expresó la investigadora María José Martínez.

Por otro lado, también es importante destacar el desafío de reconocer las áreas de múltiples usos en ecosistemas terrestres, ya que esto permitiría incorporar métodos de conservación en áreas productivas, como la agricultura.

En un plazo de dos años, el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas implementará un reglamento para la identificación de sitios prioritarios para la conservación de la biodiversidad. En dicho proceso, se contará con la participación de las comunidades científicas locales e indígenas, además de las autoridades nacionales.